miércoles, 15 de mayo de 2013

SEGUNDO ANIVERSARIO ¡FELICIDADES!




DECÁLOGO

1. Ley Electoral. En primer lugar urge una reforma de la ley electoral, en favor de un modelo verdaderamente representativo con listas abiertas y elección directa de los primeros gobernantes y representantes del país: jefe del Ejecutivo, alcaldes y presidentes autonómicos, parlamentarios, concejales, etc. (España es el único país de nuestro entorno europeo que no elige directamente a ninguno de sus gobernantes ni representantes, porque todo pasa por las listas cerradas de los partidos). La prioridad de esta reforma de la ley electoral tiene como objetivo garantizar la elección de unas Cortes Constituyentes de nuevo cuño, ajenas al vigente modelo partitocrático que, en el caso de reproducirse, nos dejaría anclados en la situación anterior.
2-Reforma Constituyente. Concluida la reforma electoral, el Gobierno debe disolver las Cortes y convocar elecciones constituyentes para la reforma de la Constitución de 1978 en un plazo limitado, y para su posterior aprobación en Referéndum, en el que, además de la Carta Magna, se deberá de incluir una pregunta expresa sobre la elección de la forma del Estado, entre Monarquía y República.
3. Separación de los poderes del Estado. El nuevo texto constitucional debe garantizar la separación real y efectiva de los tres poderes del Estado, Ejecutivo, Legislativo y Judicial (hoy reducida a la simple separación de funciones), para que de ello resulte el equilibrio y el control democrático de los poderes públicos. El líder del Ejecutivo debe ser elegido directamente por todos los españoles; el Parlamento con una ley electoral representativa y abierta; y los órganos rectores del poder Judicial deben ser elegidos con criterios de calidad, preparación y experiencia por todos los cuerpos jurídicos del Estado, evitándose la intromisión en el poder Judicial de los poderes Ejecutivo y Legislativo en esta elección. Asimismo, se ha de poner fin al dualismo y contradicción permanente entre los altos tribunales Constitucional y Supremo.
4-Presidencialismo. Tanto si los ciudadanos optan por la Monarquía como por la República, el jefe del Ejecutivo deberá ser elegido en unas elecciones exclusivamente presidenciales de ámbito nacional, a dos vueltas, con lo que se habrá garantizado su independencia del poder Legislativo. En caso que la opción la elegida por los ciudadanos fuera la monarquía ésta pasaría de ser “Parlamentaria” a “Presidencialista”, y el Rey, con funciones meramente representativas (no tendría poderes e influencia en la vida política, ni directos sobre las Fuerzas Armadas o la política Exterior, ni una inmunidad superior a la de los parlamentarios y gobernantes). Y se regularía el proceso sucesorio con la igualdad entre hombre y mujer, así como la eventualidad de una abdicación.
5. El Parlamento. Si el Senado no tiene competencias legislativas deberá desaparecer. El Congreso debe garantizar la derecho de palabra a todos los diputados e impedir el mandato imperativo de los partidos políticos. Asimismo el Parlamento impondrá normas para la depuración de las responsabilidades políticas de los gobernantes.
6. Calidad de los gobernantes. Los miembros del Gobierno, y altos cargos de la nación deberán ser examinados por el Parlamento que dictaminará su idoneidad para el cargo. Se creara una Alta Escuela de Funcionarios del Estado.
7.-Comunidades Autónomas. Las Cortes Constituyentes deberán abordar la reforma en profundidad el vigente modelo territorial del Estado, en pos de la cohesión nacional y del rigor de su administración pública. No pueden mantenerse a la vez las Diputaciones y las Comunidades Autónomas. El idioma Castellano es lengua oficial del Estado, y nada ni nadie puede marginar nuestro idioma, ni impedir su uso público y privado, teniendo derecho todos los ciudadanos a ser atendidos, prioritariamente, en la lengua oficial, sin menoscabo para quien desee serlo en otra de las lenguas del Estado. El Gobierno de la nación garantizará la expansión de la lengua española por todo el mundo aprovechando nos nuevos soportes tecnológicos del mundo global.
8-Financiación y control de organismos públicos. Los partidos políticos, los sindicatos y las organizaciones públicas (como la Iglesia Católica y otras confesiones) que reciban financiación del Estado deben ser auditadas bajo la vigilancia de un organismo oficial del Estado. Los órganos regulatorios del Estado (Banco de España, CNMV, etc) no pueden estar sometidos ni alterados por los intereses e influencias de los partidos políticos.
9. Universidad. El acceso a la enseñanza y Universidad debe ser garantizado por el Estado de manera gratuita o con el menor coste posible, y sin ventaja alguna para los colectivos sociales económicamente mas fuertes. Se debe recuperar cotas de máxima calidad para profesores y catedráticos, con unas oposiciones justas y verdaderas. El derecho al trabajo digno de los jóvenes debe ser un precepto constitucional y los gobiernos han de aplicar políticas encaminadas a ese logro. La investigación científica y tecnológica debe figurar entre las prioridades de la acción docente y en las políticas del Gobierno.
10. Libertad de Expresión. El Estado, y el Gobierno de turno, velarán por la garantía del pluralismo informativo y la libertad de expresión en medios públicos y privados, así como en las redes sociales y los sistemas multimedia que se derivan de las nuevas tecnologías. SALUD.

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